A menos de un mes de que tomen posesión los jueces y magistrados del Poder Judicial Federal electos el 1 de junio, en Guanajuato siguen pendientes de resolverse 12 juicios, de estos, 11 son de inconformidad es decir buscan impugnar los resultados de la elección, y además hay un recurso de revisión de un procedimiento especial sancionador.
A contra reloj, deben resolverse estos 12 juicios por las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a más tardar el 31 de agosto.

Estos procesos se encuentran dentro de la lista de asuntos en instrucción de la Secretaria General de Acuerdos de la Sala Superior del Tribunal Electoral y corresponden a 7 candidaturas: Rubén Ayala Padilla y Victoria Esther Ruiz tienen pendiente un juicio, mientras que Iliana García Flores, Salvador Ramírez Argote, Oscar Edmundo Aguayo Luz Elba de la Torre y María Guadalupe Paredes Gasca cada uno tiene pendiente dos juicios en puerta.
MILENIO revisó cada uno de los asuntos donde se observa que los promoventes reclaman principalmente los cómputos de la elección, los resultados finales, declaratorias de validez de la elección y la entrega de las constancias de mayoría a los ganadores de la contienda.
Entre ellos, se encuentra la impugnación de la actual Magistrada de Circuito en materia penal, Luz Elba de la Torre que justo antes de la elección, siendo candidata, resolvió sobre la suspensión a una orden de aprehensión contra dos detenidos en el caso de la narcofosa en Salvatierra, la más grande en la historia de Guanajuato, de la cual fueron recuperados 80 cuerpos.
Luz Elba de la Torre como María Guadalupe Paredes Gasca, ambas excandidatas a Magistrada del Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal, en el Distrito Judicial 1 impugnaron la elegibilidad de Juan Antonio Vela Moreno, candidato triunfador a Magistrado en materia penal. Argumentan que hubo presuntos actos anticipados de campaña vinculados a eventos realizados por el Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación.
El Recurso de Revisión SUP-REP-256/2025 lo emprendió María Guadalupe Paredes Gasca debido a que el INE desechó el Procedimiento Especial Sancionador que interpuso en contra de Juan Antonio Vela por los presuntos actos anticipados.
El panorama se repite en el caso de Salvador Ramírez Argote y Rubén Ayala Padilla, ambos contendieron para ser jueces mixtos en el Distrito Judicial Electoral I, apelan el conteo de los votos y los resultados consignados en las actas de cómputo de la elección
Del total de recursos por resolver, cuatro se encuentran en la ponencia de la Magistrada Janine Otálora, cuatro en la del Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, tres corresponden al Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera y solo uno pendiente en la ponencia del Magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

Atados de Manos: Sala Superior del Tribunal Electoral, la única instancia que puede resolver
Si bien, durante los procesos electorales ordinarios las candidaturas tienen la opción de presentar sus juicios en primera instancia ante el Tribunal Estatal Electoral y posteriormente si no están conformes con la resolución impugnarla ante la Sala Regional del Tribunal Electoral e inclusive en los casos donde se trastocan temas de constitucionalidad o resultan novedosos pueden llegar hasta la Sala Superior, en esta elección los candidatos están atados de manos a lo que se resuelva por la Sala Superior que es la única y última instancia.
Por tratarse de un proceso electoral extraordinario de carácter federal, los contendientes a ocupar un lugar en las Salas Regionales del Tribunal Electoral, tribunales colegiados de apelación y juzgados de distrito, solo pudo conocer la Sala Superior del Tribunal Electoral en única instancia.
Esto acorde a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, artículo 49 párrafo segundo, donde además se estable que solo la sala superior puede resolver sobre impugnaciones a los resultados de la elección:
“Durante el proceso electoral para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación, el juicio de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales, en los términos señalados por esta ley. Los medios de impugnación no producirán efectos suspensivos sobre la resolución o acto impugnado” señala la ley.
amjmv