En el caso del presunto fraude inmobiliario de Proyectos 9, personas afectadas advirtieron que el beneficio legal obtenido por José Lobatón corresponde únicamente a una suspensión provisional dentro de un proceso legal en curso, no a un amparo definitivo.
Liliana Leal, una de las afectadas, explicó que el recurso identificado como amparo 297/2026, radicado en un juzgado federal, no representa una protección definitiva para el señalado.
“No, no está concedido ningún amparo. Entonces es nada más algo provisional”, afirmó.
Detalló que la figura legal a la que se hace referencia es una medida temporal contemplada en la Ley de Amparo, la cual no implica que el acusado quede exento de la acción de la justicia.
“La suspensión provisional otorgada en términos del artículo 125 de la Ley de Amparo… es un busca pie, haga de cuenta, para ver quién pudo haber emitido la orden de aprehensión”, explicó.
La afectada subrayó que este tipo de recursos son un derecho de cualquier ciudadano, pero insistió en que no deben interpretarse como un fallo a favor de José Lobatón.
“Está en todo su derecho, como todo ciudadano… pero no es un amparo, es una suspensión provisional para que no lo detengan; ya en el fondo, si un juez federal le concede el amparo, ya emitiré mi opinión”, puntualizó.
Sobre el avance del caso, Leal señaló que confían parcialmente en el trabajo de la Fiscalía, aunque mantienen reservas respecto a las decisiones judiciales. Asimismo, reiteró que continuarán con manifestaciones para exigir justicia y visibilizar el caso a nivel nacional.
Finalmente, insistió en que cuentan con pruebas suficientes para acreditar el fraude, por lo que hizo un llamado a jueces federales y estatales a analizar el expediente conforme a derecho y evitar que el caso quede impune.
mrg