Más Política

Los sacerdotes en la política de México

Las leyes mexicanas prohíben a los sacerdotes hacer proselitismo político o que puedan acceder a cargos públicos sin renunciar a su ministerio.


Las constantes críticas de jerarcas de la Iglesia Católica a la iniciativa presidencial sobre matrimonios igualitarios pusieron a debatir si las opiniones de los líderes religiosos representan una injerencia en la vida política del país.

Para el titular de la Subresecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Segob, Humberto Roque Villanueva, el rechazo al matrimonio gay no representa una injerencia en los asuntos políticos, ya que no están oponiéndose a una ley o a una institución.

A continuación te presentamos lo que no pueden hacer los sacerdotes en México:

Hacer proselitismo político

El artículo 24 constitucional establece el derecho a la libertad de religión y de consciencia, además permite la realización de ceremonias tanto en el ámbito privado o público; sin embargo "nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esa libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política".

El artículo 14 de la Ley de Asociaciones Religiosas indica que los ministros de cultos no podrán asociarse con fines políticos, ni realizar proselitismo a favor de un candidato o partido político, de lo contrario se harán acreedores a una sanción.

Además, no pueden oponerse a las leyes, a sus instituciones, ni agravias los símbolos patrios.

Ocupar cargos públicos

Los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos, de acuerdo con el artículo 130 constitucional, sin embargo, sí tienen derecho a votar.

Para que un ministro pueda ser votado tiene que renunciar a su ministerio por un periodo mínimo de 5 años, o bien, 3 años si quieren formar parte de la administración pública.

Heredar por testamento

El artículo 15 de la Ley de Asociaciones Religiosas establece que los ministros de culto y sus familiares no podrán heredar por testamento "de las personas a quienes los propios ministros hayan dirigido o auxiliado espiritualmente y no tengan parentesco dentro del cuarto grado".

Sanciones

Las autoridades podrán sancionar a los ministros en caso de que realicen proselitismo; agravien los símbolos patrios; ejerzan la violencia o presión moral, mediante agresiones y amenazas, para el logro y realización de sus objetivos; convertir un acto religiosos en una reunión de carácter político, entre otras.


JASR

Google news logo
Síguenos en
Milenio Digital
  • Milenio Digital
  • digital@milenio.com
  • Noticias, análisis, opinión, cultura, deportes y entretenimiento en México y el mundo.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.