Con el objetivo de obligar a los Sistemas Municipales de Aguas y Saneamiento publicar trimestralmente los resultados de los estudios y monitoreos practicados al agua potable para el consumo humano, el legislador panista Edmundo Gómez Garza propuso una modificación a la Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila.
El artículo cuarto constitucional establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, asimismo a disponer de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente y salubre, condiciones que debe garantizar la autoridad.[OBJECT]
Aunque la Ley Estatal de Salud contempla la realización de análisis de potabilidad y monitoreo del agua, vigilar su calidad, proteger las fuentes de abastecimiento para prevenir su contaminación entre otros, no obliga a los municipios o Estado a publicar los resultados de los mismos.
"Los famosos monitoreos de la calidad del agua potable no siempre se publican, o de hecho casi nunca, además, se hacen con discrecionalidad, no se conoce la frecuencia, ni muchos menos los resultados totales y actualizados de los mismos", mencionó.
Los municipios y el Estado cuando prestan el servicio de agua potable, son responsables en coordinación con la secretaría de Salud llevar a cabo los estudios del agua potable, garantizando así el derecho humano al agua limpia.
Además garantizar el derecho que tienen los usuarios a conocer los estudios, sus resultados y en su caso, el riesgo al que se exponen de forma particular en cada región y municipio.
 
	 
                                     
                                    