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Aprueba Senado fortalecer transparencia del Seguro Popular

El proyecto incluye imponer pena de 4 a 7 años de prisión para quien desvíe el objeto de los recursos transferidos al Sistema de Protección Social en Salud.

El Senado de la República aprobó, con 103 votos a favor y dos abstenciones y con cambios, el dictamen de la minuta que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a fin de fortalecer la transparencia, supervisión, control y fiscalización de los recursos del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS); se devolvió a la Cámara de Diputados.

El proyecto establece una pena de 4 a 7 años de prisión y multa de mil a 500 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, a quien desvíe el objeto de los recursos transferidos al Sistema de Protección Social en Salud.

Precisa que se entenderá por SPSS a las acciones que en esta materia provean la Secretaría de Salud (SS) y los Regímenes Estatales de Protección Social en Salud (REPSS) entendiéndose por éstos, a las estructuras administrativas que provean dichas acciones, que dependan o sean coordinadas por la encargada de conducir la política en la materia en las entidades federativas.

Dispone que dichos Regímenes tienen que financiar y coordinar eficiente, oportuna y sistemáticamente la prestación de servicios de salud y también precisa las responsabilidades del Ejecutivo Federal y de los gobiernos de los estados en la coordinación, planeación, operación y fiscalización de las acciones en la materia

Por otra parte, determina que los acuerdos de coordinación para la ejecución del SPSS tienen que incluir como mínimo las modalidades orgánicas y funcionales de los REPSS, los conceptos de gasto, el destino de los recursos, los indicadores de seguimiento a la operación y los términos de la evaluación integral del Sistema, así como el perfil que los titulares de los regímenes deben cubrir.

También propone que la transferencia de recursos a los estados podrá ser en numerario, mediante depósitos en las cuentas que los REPSS instauren en la Tesorería de la Federación o en especie.

También se precisó que los recursos que se transfieran en especie se acordarán en el anexo correspondiente y que esta dependencia deberá de establecer los precios de referencia con que compren las entidades federativas los insumos a la salud.

Con ello, tanto la Federación como las entidades estarán en común acuerdo para la transferencia en especie y se definirá un límite para la adquisición de medicamentos, beneficiando el funcionamiento del propio Sistema y directamente al paciente.

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