Utilidad de EU 'atrapada' en exterior, otra mentira

Buenas razones hacen pensar que Trump no logrará que sea aprobada una importante exención de impuestos.

Hay buenas razones para pensar que Donald Trump y el Partido Republicano no lograrán que se apruebe una importante reforma fiscal (o más bien, recortes de impuestos), tal como archiva­ron deshacer la expansión del acceso a los seguros de salud de Barack Obama.

Pero no se puede descartar: una votación en el Senado la semana pasada logró un pe­queño avance en el proceso. Por lo tanto, vale la pena dar un vistazo a una idea que siempre se asoma cuando un cambio tributario está en el aire.

De nuevo se habla de una exen­ción fiscal sobre la repatriación de ingresos en el extranjero de las empresas, en medio de mu­chos otros cambios tributarios a las empresas estadunidenses en los que se trabaja para dar forma a sus intereses.

El trasfondo es éste: a diferen­cia de la mayoría de los países, el código fiscal corporativo en Estados Unidos, en principio, no solo aplica impuestos sobre las utilidades que ganan las em­presas que se encuentran en EU, también lo hacen en sus filiales establecidas en otras partes del mundo. Al mismo tiempo, ese impuesto que surge sobre el ingreso en el extranjero no debe pagarse hasta que se "repatria" a la contabilidad de la empresa matriz. Siempre que el ingreso "se haya reinvertido o se vaya a reinvertir" cualquier impuesto de EU se difiere. El resultado, naturalmente, desincentiva la repatriación de las utilidades en el sentido contable y, por lo tanto, reduce lo que se recauda en EU con los impuestos a las sociedades.

En un análisis se calcula que la cantidad que tienen mil de las empresas más grandes que cotizan en EU en el extranjero es de más de 2.6 billones de dólares. Esto , sin duda, es una anomalía. Pero no es por la razón que más comúnmente se cree.

Al escuchar el debate sobre la reforma fiscal, el problema es que esos son fondos "atrapados" en el extranjero que podrían y deberían reinvertirse en la actividad eco­nómica de EU si "no estuvieran atrapados". Esa es la base del argumento de que es de interés público ofrecer a las corporaciones una exención tributaria -una tasa especial de impuestos a las corporaciones y temporalmente baja- para que las ganancias en el extranjero sean repatriadas.

La idea es que al dar un incen­tivo a las empresas llevará a un aumento en la inversión y la acti­vidad en casa a un nivel superior en comparación con el costo que tiene un impuesto más bajo. Esto es un error, de hechos y lógico.

Ya se intentó antes con una exención de impuestos: en 2004 se aprobó una ley para permitir a las empresas llevar a tierra sus utilidades con una tasa de exención fiscal de 5.25 por ciento, y aprovecharon la oportunidad de repatriar alrededor de 300 mil millones de dólares, más de cinco veces la cantidad anual habitual (por supuesto hay otras razones por las que las empresas repatrian algunas ganancias incluso sin exención fiscal). Pero la investigación acadé­mica estableció que no hubo un aumento en la inversión, el empleo o la investigación y desarrollo. En su lugar, el efecto principal fue que con el dinero repatriado se pagó casi uno a uno a los accionistas a través de aumento de los dividendos o la recompra de acciones.

Esa conclusión la incluyeron los analistas en todo el espec­tro político. Tanto el Centro de Presupuesto y Prioridades de Políticas (CBPP, por su sigla en inglés), con tendencia de izquierda, como el conservador Heritage Foundation están de acuerdo en que una exención tributaria para una repatriación no producirá los efectos positivos prometidos sobre la economía.

Un momento de reflexión sobre la lógica contable de las "utilida­des atrapadas" ayuda a entender por qué esto debe ser así.

En primer lugar, la designación en el extranjero de las ganancias acumuladas es una cuestión que solo denota la residencia fiscal del balance en el que se registran, no en el lugar donde se encuentra realmente el dinero. Nada impide que las filiales en el extranjero de empresas esta­dunidenses coloquen el dinero en activos de EU. El informe de CBPP dice que con la evidencia disponible (que acepta que es limitada), la mayor parte del efectivo "atrapado en el extranjero" se invierte en EU. (¿Por qué otra razón las pequeñas jurisdiccio­nes de bajos impuestos, como Luxemburgo y las islas Vírge­nes Británicas, se encuentran entre las principales fuentes de inversión extranjera directa en EU?) Toda esa repatriación cambiaría si esos activos se encontraran en el balance.

En segundo lugar, si bien incluso un cambio sencillo de contabilidad, en principio, podría cambiar la forma como se invierte el dinero -desde cuentas bancarias y valores públicos seguros hasta capital productivo, por ejemplo-, hay buenas razones de por qué esto no suceda. Y es que a las empresas estadunidenses (las matrices de EU) no tienen restricciones de dinero. Si quieren invertir en capacidad productiva cuentan con una cantidad abundante de dinero barato, y cualquier empresa con activos sustanciales en el extranjero nunca tendrá problemas de financiamiento en su país.

Entonces, un pago a los ac­cionistas es exactamente lo que uno esperaría de la repatriación: es lo único que es difícil hacer sin pasar los fondos mediante el balance de la matriz. (Pero como lo demostró el plan de recompra de acciones de Apple que se financió con bonos, in­cluso eso puede hacerse y dejar las ganancias del extranjero en el exterior para evitar el impues­to a las corporaciones). Por lo tanto, no hay necesidad de una exención tributaria.



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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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