El Congreso de Baja California elevó la discriminación a delito penal, castigando con cárcel de hasta tres años a quienes realicen actos discriminatorios en aquella entidad del norte del país. Hasta aquí no tendríamos problemas con el tema. El asunto en cuestión es que la aprobación al Código Penal del Estado hecha el pasado 1 de septiembre, contempla una excepción. Y las excepciones a las reglas son harto peligrosas en este país. La exención de la sanción se prevé para “las manifestaciones y expresiones hechas por quien tenga un sustento en dogma de fe, adoctrinamiento religioso, objeción de conciencia o libertad de cátedra” (citado en el periódico La Jornada de Baja California, edición electrónica).
Dicho de otra manera, en aquella entidad federativa cuando una persona discrimine y ese acto esté sustentado en un dogma de fe, el acto está justificado y, por lo tanto, no puede haber sanción de ningún tipo según el propio Código Penal. Esto nos lleva a un punto más que grave: el párrafo citado promueve la discriminación sin más. Es inconstitucional a todas luces porque justifica la discriminación por motivo de las convicciones religiosas e incluso la libertad de cátedra. Pone en riesgo cualquier avance en materia de no discriminación en la entidad y, por supuesto, puede contaminar a otras entidades y congresos de los estados.
El tema de la no discriminación como un principio rector normativo, fue elevado a rango constitucional un 14 de agosto de 2001. Desde esa fecha, ha sufrido dos modificaciones: una en 2006 y la otra en 2011 cuando entró en vigor la reforma constitucional en materia de derechos humanos. Promover la no discriminación equivale a sentar las bases para la coexistencia pacífica de los seres humanos, a no señalarnos los unos a otros por ningún motivo, a considerarnos y sabernos con los mismos derechos que todos tienen: sea una mujer, un homosexual, un protestante, un agnóstico, un creyente. Nadie en este país debería ser discriminado por ningún motivo porque al hacerlo, esos actos denigran la dignidad de la persona y colocan en ciudadanos de segunda o de tercera a las personas discriminadas. Por eso, entre elegir defender por convicción la no discriminación y aprobar el Código Penal de Baja California, invariablemente elegiría la primera opción.
La discriminación se refleja en un primer acto en el lenguaje pero su origen puede ser – como dice el texto del Código Penal que hemos citado- por adoctrinamiento o por un dogma de fe. Eso que uno cree lo expresa en el lenguaje. El caso del ahora ex director de TV UNAM es sólo una muestra de ese lenguaje que discrimina, que ofende, que denigra a la persona y su dignidad. Ese lenguaje no debería existir y por eso CONAPRED recomienda expresamente que en sucesivas columnas o publicaciones de Nicolás Alvarado, se abstenga de usar ese lenguaje.
Finalmente, siempre he creído que la discriminación es el miedo de reconocer que el otro, el diferente, es igual a nosotros en derechos. Nos guste o no, debemos acabar con la discriminación.
www.sarapozos.mx