Política

Nada de “suspensión de garantías”

Contra lo que afirman quienes promueven desconfianza y paranoia, el marco legal para el involucramiento del Ejército y la Marina Armada en tareas policiacas no implica suspender las garantías individuales ni conduce a decretar estados de excepción.

Se trata de:

1. Precisar lo que represente para la población civil una amenaza y su grado de intensidad, a fin de resolver si el tema es de seguridad pública o de seguridad interior.

2. Definir si la decisión de enviar las tropas es responsabilidad del Consejo Nacional de Seguridad Pública o del Gabinete de Seguridad Nacional.

3. Determinar el área de acción militar y establecer plazos para terminarla.

La salida de los cuarteles comenzó hace diez años a petición del gobernador de Michoacán para neutralizar la carnicera narcodelincuencia de una de las bandas del narcotráfico, y desde entonces basta que un mandatario estatal confiese que no puede con la inseguridad común para solicitar soldados... hasta para cuidar escuelas y cruceros de calles.

De ahí la urgencia de que se legisle.

cmarin@milenio.com

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Carlos Marín
  • Carlos Marín
  • cmarin@milenio.com
  • Periodista con 55 años de trayectoria, autor del libro Manual de periodismo, escribe de lunes a viernes su columna "El asalto a la razón" y conduce el programa del mismo nombre en Milenio Televisión
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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