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Ratifica la Corte facultades de Cofetel en interconexión

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Los ministros votaron por unanimidad favoreciendo las facultades de la comisión en materia de interconexión respecto al amparo promovido por Telcel, que intentaba demostrar que el órgano regulador no podía intervenir en la resolución de controversias entre particulares.

Ciudad de México • El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó de manera unánime la constitucionalidad del artículo 9-A fracción X de la Ley Federal de Telecomunicaciones mediante el cual se faculta a la Cofetel a promover y vigilar la eficiente interconexión de equipos y redes públicas.

Durante la sesión del pleno de este martes en la que se intentaba demostrar que el órgano regulador no podía intervenir en la resolución de controversias entre particulares, los ministros votaron por unanimidad favoreciendo nuevamente las facultades de la Comisión Federal de Telecomunicaciones en materia de interconexión respecto al amparo promovido por Telcel.

El amparo interpuesto por la operadora de telefonía móvil quería probar que la Cofetel no podía intervenir en la resolución de controversias entre particulares en asuntos como los desacuerdos en la fijación de tarifas de interconexión, considerando que era un acto que debería resolverse en los tribunales.