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El Senado contesta con demanda al Presidente

Política •

El escrito, enviado a la Suprema Corte, señala que el Ejecutivo federal presentó de forma extemporánea su derecho de veto.

México • El Senado respondió a la controversia constitucional interpuesta por el Ejecutivo contra la ley de víctimas y, a cuatro meses de concluir su gestión, el presidente Felipe Calderón es demandado por violaciones a diversos artículos constitucionales por no publicar dicho ordenamiento.

Aunque el presidente del Senado saliente, el panista José González Morfín, dijo que se trata de una “contestación”, en el escrito enviado a la Suprema Corte de Justicia se dice que se trata de una “demanda reconvencional” o contrademanda interpuesta el pasado 21 de agosto, en la cual se señala que el Ejecutivo federal presentó de forma extemporánea el derecho de veto del decreto que contiene la Ley General de Víctimas.

“Además se hace constar que es el Ejecutivo el que vulneró la Constitución, por lo que se está elaborando la demanda reconvencional. La fecha límite para presentar el proyecto de contestación de demanda y la demanda reconvencional es el próximo 12 de septiembre, en virtud de que se tienen 30 días hábiles a partir del 2 de agosto, fecha en que surte efectos la notificación de la demanda del Ejecutivo, toda vez que el periodo de receso de la Suprema Corte fue del 16 de julio al 31 de julio del presente año.”

En la página 5 del escrito dirigido al ministro instructor, Sergio Valls Hernández, el Senado sostiene que el proyecto de Ley de Víctimas se remitió dentro de los plazos que marca la Constitución.

“El oficio impugnado, emitido por el presidente de la Mesa Directiva del Senado es constitucional porque se expidió en términos del artículo 72 apartado B de la Constitución”.

“En efecto, con base en este dispositivo constitucional, el oficio No. DGPL.-2P3A.-6469 es una orden para la publicación de la Ley General de Víctimas aprobada por el Congreso el 30 de abril de 2012, en virtud de que transcurrió el plazo de 30 días naturales que tenía el Ejecutivo para hacer las observaciones correspondientes, sin que éste las hiciera, así como el plazo de diez días para que promulgara las observaciones correspondientes, sin que éste las hiciera, así como el plazo de diez días para que promulgara y publicara el decreto referido”.

En su argumentación, el Senado hace valer que los escritos enviados posteriormente por el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, los días 10 de mayo y 1 de junio, no tienen naturaleza legislativa ni efectos jurídicos, porque no son la referencia para hacer el cómputo del plazo de 30 días naturales para ejercer el veto correspondiente.

Entrevistado sobre este recurso ante la SCJN, González Morfín dijo ayer que se hizo en tiempo y forma y en el escrito se exponen las razones desde el Congreso, particularmente desde el Senado, “de por qué nosotros pensamos que sí debió de haberse publicado la Ley de Víctimas y por qué no estamos de acuerdo con la decisión que se tomó en el Ejecutivo”.

Claves
Cronología

► El Senado aprobó el 25 de abril la Ley de Víctimas y fue remitida a la Cámara de Diputados, que la aprobó el 30 de abril.

► El presidente de la Cámara de Diputados la remitió el 10 de mayo y el 1 de junio pidió a Gobernación su devolución.

► El 29 de junio la Comisión Permanente ordenó la publicación del decreto y el Ejecutivo respondió con la controversia constitucional, que fue notificada a la Permanente el 24 de julio.