CNBV enviará modificaciones sobre operaciones de compra de dólares
Esta nueva reglamentación restringirá la compra de la divisa norteamericana en los distintos negocios en donde son ofertados.
Los viajeros extranjeros, no podrán realizar compra de dólares superior a mil 500 dólares mensuales acumulados.
Monterrey, NL • La Comisión Nacional Bancaria y de Valores enviará a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) las modificaciones a la Circular Única de Bancos, para incorporar las reglas aplicables a las instituciones de crédito que contraten corresponsales para efectuar operaciones de compra de dólares en efectivo a nombre y por cuenta del propio banco.
En los establecimientos comerciales y proveedores de servicios donde se realice la compra de dólares en efectivo hasta por 100 dólares, la transacción individual estará condicionada a una venta.
En el caso de los hoteles, los huéspedes nacionales sólo podrán adquirir 300 dólares diarios y no más de mil 500 dólares mensuales acumulados durante su estadía.
En el caso de los huéspedes extranjeros, sólo podrán comprar mil 500 dólares mensuales acumulados durante su estancia.
Por otra parte, en los establecimientos Duty Free, previstos en la fracción I del artículo 121 de la Ley Aduanera, los viajeros nacionales sólo podrán realizar una compra de 300 dólares en efectivo, diarios y no más de mil 500 dólares mensuales acumulados.
En cuanto a los viajeros extranjeros, no podrán realizar compra de dólares superior a mil 500 dólares mensuales acumulados.
Las instituciones bancarias sólo podrán contratar como corresponsales bancarios para la realización de operaciones de compra de dólares en efectivo a establecimientos y proveedores que tengan operaciones en la franja fronteriza norte.
Así como en municipios y delegaciones en los que económicamente se justifique que sean receptores de dólares en efectivo, lo anterior, de acuerdo con la lista emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a este respecto.
Los dólares que las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales reciban en su carácter de corresponsales no se calcularán como parte de los límites de cambio de dólares en efectivo establecidos.
Debido a que estos dólares se reciben a nombre y por cuenta de un banco y, por lo tanto, son propiedad de éste.
El límite de 100 dólares para las operaciones de compra de dólares en efectivo de los establecimientos comerciales y proveedores de servicios contratados para fungir como corresponsales fue determinado con base en un análisis detallado de las transacciones en dólares en efectivo e ingresos en dicha divisa que reciben.
La CNBV informó que se tomaron en cuenta diversos giros de negocio tales como tiendas de autoservicio, gasolinerías, restaurantes, tiendas departamentales, farmacias, operadores de peaje, operadores turísticos, entre otros.
Antecedentes
Con la finalidad de evitar el lavado de dinero en el país, la Secretaría de Hacienda planeó un sistema de restricción para le compra, venta y uso de dólares en diferentes comercios.
Desde hace meses, los bancos en lo particular se han estado autorregulando para evitar ingresen a sus sucursales recursos provenientes de la delincuencia organizada.
Algunos bancos limitaron en determinadas zonas geográficas la compra-venta de divisas, otros han establecido restricciones a los montos máximos para hacer un cambio, y algunos han cerrado de forma definitiva la operación de recepción de dólares en efectivo.
En opinión de Mario Sánchez Ruiz, presidente del Consejo Coordinador Empresarial, las restricciones en operaciones en efectivo con dólares, puede afectar a empresas legales, pues muchas de ellas requieren de esta actividad para su funcionamiento.
Según el empresario, una alternativa sería que las operaciones de proporción se hicieran a través de cheque o documento interbancario, ya sea para la compra de bienes raíces o automóviles, pero los dólares no tienen porqué limitarse, puesto que puede afectar a negocios en zonas turísticas del país.









