Impugna PGR en la Corte matrimonios gays y derecho a que adopten

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La PGR argumentó que las reformas a los artículos 146 y 391 del Código Civil para el Distrito Federal, que regulan las figuras del matrimonio y la adopción, violan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ciudad de México • La Procuraduría General de la República impugnó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación la ley que permite los matrimonios entre personas del mismo sexo y la adopción de menores por parte de éstos, estatuto que aprobó la mayoría perredista de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Tras presentar una acción de inconstitucionalidad, la representación social de la Federación argumentó que las reformas a los artículos 146 y 391 del Código Civil para el Distrito Federal, que regulan las figuras del matrimonio y la adopción, violan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la acción de inconstitucionalidad, la PGR señaló que el artículo 146 del citado código contraviene el principio de legalidad, pues la reforma se aparta del fin constitucional de protección de la familia concebida expresamente por el Poder Constituyente Permanente en 1974.

De igual manera, la modificación que realizó la ALDF parte de la tesis de que no existía protección legal del ejercicio de los derechos de las parejas integradas por personas del mismo sexo y que desean fundar una familia.

“Ello no es exacto, pues en el Distrito Federal existe, desde 2006, la institución jurídica de la sociedad de convivencia, que tutela prácticamente los mismos derechos que el matrimonio, salvo los relacionados con la procreación y la descendencia”, puntualizó la PGR.

Por otro lado, el Ministerio Público Federal consideró que la reforma se aleja del deber estatal de salvaguardar el interés superior del niño, cuya supremacía ordena la Constitución Federal y cuyos alcances establecen los tratados internacionales y han interpretado los propios tribunales mexicanos.

“Todo lo anterior, con independencia de los conflictos jurídicos que la reforma genera en el resto de las entidades federativas que conforman la República, e incluso, frente a la Federación, además de que trastoca el sistema federal y las instituciones del derecho de la familia”, añadió.

Por lo que hace a la adopción, prevista en el artículo 391 del reformado Código Civil para el DF, la Procuraduría General de la República lo considera inconstitucional porque no cumple con el principio de legalidad al no haber tomado en cuenta la supremacía del interés superior del niño, colocado por encima de cualquier otro derecho.

Además de que asegura que omitió considerar que todo menor tiene derecho al modelo de familia concebido expresamente por el Poder Constituyente Permanente en el dictamen de la reforma de 1974 a tal dispositivo constitucional.