Desecha Corte amparo que impugnaba secrecía fiscal
Luego de que ayer declaró la constitucionalidad del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, la Corte desechó el recurso de revisión que promovió una mujer que buscaba obtener información de beneficiarios de créditos fiscales.
Ciudad de México • La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el recurso de revisión que promovió una mujer a la que se le negó un amparo y que buscaba obtener del Sistema de Administración Tributaria (SAT) los nombres de las personas físicas y morales favorecidas hace cinco años con la anulación de créditos fiscales por 73 mil 960 millones de pesos.
Con seis votos a favor y cuatro en contra, el Pleno de la Corte determinó que al declarar la constitucionalidad del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación, el cual ordena a las autoridades del SAT guardar en secreto los datos de los contribuyentes, no había materia para el estudio del amparo en revisión que interpuso la quejosa.
Este lunes, con ocho votos a favor y dos en contra, la Corte avaló el mencionado precepto, caso que derivó de la demanda de garantías que presentó una mujer a quien se le negó una solicitud de información pública.
El caso se prolongó para este martes, pues algunos ministros, como Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, señalaron que podían existir casos de excepción para revelar los nombres de los contribuyentes y, por ende conceder el amparo a la quejosa.
Sin embargo, el ministro José Ramón Cossío Díaz expresó que el artículo era inconstitucional, ya que en la reforma del 20 de julio de 2007, en el artículo sexto constitucional se establecieron los principios y bases del derecho de acceso a la información y de protección de datos personales y de la vida privada de las personas relacionadas con su derecho a la intimidad, en donde se hace una clara distinción entre personas físicas y morales.








